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Notaría Décima Primeradel Cantón Quito — Ir a la página de inicio

Notaría Décima Primera del Cantón Quito · https://www.notaria11quito.com.ec/tramites/reconocimiento-firmas-compraventa-vehiculo/

Diligencias

Reconocimiento de firmas de contrato de compraventa de vehículo

El vendedor y el comprador comparecen ante la Notaria para certificar la autenticidad de sus firmas estampadas en el contrato de compraventa vehicular, confiriéndole plena validez legal para su inscripción ante la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).

Última actualización:

Requisitos

Recuerde portar los originales de la última cédula y del certificado de votación de las últimas elecciones al momento de la firma.

Se acepta la cédula digital en lugar de la física y, a falta del certificado de votación físico, el certificado de votación digital.

Otros casos (tercera edad, discapacidad, Fuerzas Armadas y Policía, exterior, extranjeros): ver Documentos de identidad de los comparecientes.

Requisitos generales

  • Dos contratos originales de compraventa de vehículo debidamente firmados con esferográfico de color azul.
  • Dos copias de la cédula y del certificado de votación de los vendedores y compradores.
  • Dos copias a color de la matrícula del vehículo (ambos lados de la especie copiados en una misma carilla).
  • Certificado Único Vehicular (CUV) vigente.

    Sitio web oficial:consultaweb.ant.gob.ec (sitio externo, se abre en una pestaña nueva)

Según su caso, tenga en cuenta además lo siguiente:

Regla para estado civil casado

  • Si el vendedor es casado, es obligatoria la comparecencia y firma de ambos cónyuges.
  • Si el comprador es casado, no es obligatorio que comparezcan ambos; puede firmar uno solo de ellos.

Si comparece mediante apoderado

  • Copia certificada del poder notarial. Si fue otorgado hace más de un año, se debe adjuntar la razón de no revocatoria de la notaría correspondiente.

Si una de las partes es una persona jurídica

  • Certificado del Registro Único de Contribuyentes (RUC) actualizado.
  • Copia de cédula y certificado de votación de quien firmará en representación de la entidad.
  • Si firma el Representante Legal: Copia del nombramiento vigente debidamente inscrito en el Registro Mercantil o entidad de control competente.
  • Si la compañía es la parte vendedora: Copia certificada del acta de junta general de socios o accionistas donde se autorice de forma expresa la enajenación o venta del vehículo.
  • Si firma un funcionario delegado o apoderado: Copia certificada del poder notarial vigente con facultades suficientes. Si supera el año de antigüedad, debe acompañarse con la razón de no revocatoria.

Valores y proceso a seguir

Los valores y el proceso a seguir para este trámite se informan de forma personalizada por WhatsApp. Escríbanos y le orientaremos según su caso.

Consultar por WhatsApp (se abre en una pestaña nueva)

Trámites relacionados

  • Diligencias

    Reconocimiento de firmas de documentos privados

    Diligencia notarial en la que las personas comparecientes reconocen y ratifican formalmente ante la Notaria las firmas y rúbricas plasmadas en un documento privado, adquiriendo fecha cierta y presunción de autenticidad legal.